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Despido Objetivo: La importancia de la redacción de la carta de despido

Cuando estamos frente a un despido objetivo, tenemos que tener muy presente la importancia de la causa o las causas que justifican el mismo y la importancia del contenido de la carta de despido que se vaya a entregar al trabajador.

En este sentido, el artículo 53.1.a) del Estatuto de los Trabajadores es el que establece como requisito esencial la expresión de la causa del despido en una comunicación escrita al empleado. Esta comunicación requiere los siguientes elementos:

1.-  Es necesario concretar correctamente los hechos en que se fundamenta el despido objetivo. Para ello, no basta con hacer referencia genérica a una de las causas legales de extinción, sino que deben especificarse los hechos concretos que motivan la decisión extintiva.

  1. La finalidad de esta exigencia es que el que el trabajador tenga pleno conocimientode las causas de su extinción del contrato de trabajo y pueda ejercer con garantía su derecho a impugnarla, articulando una defensa eficaz, en condiciones de igualdad efectiva con el empresario, evitando toda posible indefensión.
  2. Para que se cumpla esta finalidad, el contenido de la carta de despido de cese debe ser lo suficientemente claro, para evitar toda duda en cuanto a las motivaciones de la empresa.

De ahí, la importancia de la comunicación escrita puesto que, si la misma, adolece de los requisitos mencionados no cabe su subsanación mediante las alegaciones formuladas en el acto de conciliación.

Como ejemplo, se puede citar una reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2018 en la que la empresa realiza un despido objetivo por causas organizativas a varios trabajadores basándose en el desequilibrio entre el número de trabajadores y vehículos existentes.

Frente al argumento de la empresa, la Sentencia del Tribunal Supremo citada, concluye, tras una breve exposición de la doctrina del Tribunal Constitución y del Tribunal Supremo, que en el presente caso la empresa hace surgir, por su sola voluntad, la causa organizativa invocada, sin que el hecho que la motiva (venta de parte de la maquinaria) aparezca justificada su necesidad, lo que ni siquiera se ha alegado en la carta de despido. Es decir, faltan dos requisitos esenciales para justificar la causa del despido, y que ya hemos mencionado, que son la “necesidad de control judicial razonabilidad de la causa” y el “carácter real de la causa, necesidad de exponerla en la carta de despido y de acreditarla en el juicio”.

La pérdida o disminución de encargos de actividad no deja de ser una causa productiva frente a un despido objetivo, pero no se puede argumentar como única causa de la extinción de los contratos de trabajo la minoración de un parque de vehículos. Este hecho puede constituir un indicio adicional de que hay disminución de actividad o de que la situación económica es negativa, pero no puede ser el único, hay que expresar más causas y fundamentarlas en la carta de despido.

De todo lo anterior, podemos deducir que a pesar de que una empresa pueda tener causas objetivas para rescindir el contrato de trabajo a determinados trabajadores de la empresa, ésta, debe remitirlo correctamente mediante la preceptiva comunicación escrita expresando todas las causas, de lo contrario se incrementa el riesgo de que cuando sea impugnado el despido, sea declarado despido improcedente.

 

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